LA CORTE SUPREMA CONFIRMO QUE CUATRO REPRESORES DEBEN SEGUIR PRESOS
Mal precedente para Alfredo Astiz

Los acusados de crímenes de lesa humanidad no saldrán en
libertad, porque se confirmaron fallos que les negaban las excarcelaciones. Está
pendiente la resolución del caso de Astiz y otros veinte represores.
Los represores Pascual Oscar Guerrieri, Jorge Carlos Radice, Juan Antonio Azic y
Horacio Mayorga no saldrán en libertad. Así lo resolvió la Corte Suprema al
rechazar pedidos de excarcelaciones, en algunos casos y confirmar a los jueces
que intervenían en los expedientes, en otros.
El máximo tribunal también debería expedirse en el futuro sobre la situación de
Alfredo Astiz y otros miembros de la patota de la ESMA a quienes la Cámara de
Casación benefició con el cese de la prisión preventiva. Pero la Corte Suprema
no tendría que definirse sobre esa causa si el Tribunal Oral 5 fija fecha para
el inicio de las audiencias, algo con lo que se especula en tribunales.
En el caso de Guerrieri, los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de
Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay
confirmaron la decisión de la Sala III de la Cámara de Casación de mantener a
Guerrieri en prisión domiciliaria por los crímenes cometidos en el centro
clandestino rosarino Quinta de Funes. El represor ya tiene una condena como
miembro de la estructura jerárquica del Batallón de Inteligencia 601.
Radice, que está procesado por robo, extorsión, falsificación de documentos
públicos y asociación ilícita por el robo de bienes de desaparecidos, también
seguirá detenido ya que la Corte confirmó un fallo de la Cámara Federal que
rechazó su pedido de excarcelación por la gravedad de los delitos por los que
está imputado y porque está involucrado en otras causas judiciales. El prefecto
Azic, compañero de Radice en la ESMA, tampoco tuvo suerte al impugnar al juez
Eduardo Farah, quien intervino como subrogante en la decisión de la prórroga de
su prisión preventiva.
El último de los represores cuyo caso fue analizado por la Corte es el
contraalmirante (R) Mayorga, involucrado en la Masacre de Trelew, del 22 de
agosto de 1972. El acusado se presentó ante el Consejo Supremo de las Fuerzas
Armadas para solicitar que se ampliara la amnistía que en su momento se dictó
para los militares que participaron del fusilamiento de los presos políticos en
la base Almirante Zar. Pero el Consejo Supremo se declaró incompetente y la
Corte ratificó esa decisión y por lo tanto la competencia de la Justicia federal
de Chubut para entender en el tema.
A fines del año pasado, la Sala II de la Cámara de Casación dispuso el cese de
la prisión preventiva de una veintena de represores, entre ellos Astiz y Jorge
Acosta, por considerar que habían estado presos sin condena más tiempo del
razonable. La decisión provocó el rechazo de miembros de organismos de derechos
humanos, que criticaron la posible liberación de los acusados de crímenes de
lesa humanidad pero también hicieron hincapié en la lentitud con que tramitan
estos expedientes. Los acusados no fueron liberados porque los fiscales apelaron
y el expediente está ahora en camino hacia la Corte Suprema. El máximo tribunal
podría evitar pronunciarse si, finalmente, se fija fecha para el inicio del
demorado juicio sobre los secuestros, desapariciones y asesinatos cometidos en
la ESMA.
El juicio en Italia
El fiscal general italiano Luigi Ciampoli reiteró ayer ante la Corte de Casación
su pedido de confirmación de la cadena perpetua para el represor Alfredo Astiz.
El pedido del fiscal fue realizado ante la Corte de Casación o Tribunal Supremo
de Roma.
De confirmarse el pedido de prisión perpetua, el ex oficial naval recibiría la
segunda condena en ausencia en un país europeo, ya que fue sentenciado por los
tribunales franceses al encontrarlo responsable del secuestro y desaparición de
las monjas francesas Alice Domon y Léonie Duquet. En Italia, Astiz fue juzgado
por la desaparición de ciudadanos de ese país que fueron secuestrados y llevados
al centro clandestino de detención que funcionaba en la ESMA.
Fuente: Página 12