OPINIÓN
Los derechos humanos de los delincuentes
Por Roberto Gargarella *
Cíclicamente reaparecen los miedos generados por la inseguridad y, con ellos, el
discurso público vuelve a inundarse de bravatas altisonantes que, por su
repercusión, conviene tomarse en serio. Quisiera concentrarme aquí en algunas de
las expresiones que circulan en estos días, vinculadas con la relación
aparentemente excluyente o de suma cero que existiría entre la protección de las
víctimas y la defensa de los derechos de los delincuentes. La idea aparece en
expresiones como la que dice que “en este país mueren inocentes mientras se
protegen los derechos humanos de los delincuentes” o “estoy cansado de los
derechos humanos de los delincuentes”. ¿Qué se quiere decir con tales
expresiones?
Una primera posibilidad sería que tales afirmaciones involucran un juicio
descriptivo como el siguiente: “en los hechos, hoy, en la Argentina, se están
favoreciendo los derechos humanos de los delincuentes, mientras se descuidan los
derechos de las pobres víctimas”. Apenas reflexionamos unos instantes sobre esta
idea, sin embargo, se advierte que ella es, más que falsa, groseramente falsa.
Resulta demasiado obvio que en nuestro país en la actualidad se violan cada día,
y de modo gravísimo, los derechos de los que cometieron (o son acusados de haber
cometido) ofensas hacia los demás, muy especialmente si ellos provienen de
sectores económicamente desaventajados. Esas violaciones gravísimas incluyen la
detención por años de personas a las que no se les ha probado la comisión de
delito alguno; la privación de libertad a personas que han cometido delitos
menores, y condiciones extremas, brutales, violentas para los que ya están
encerrados. Es decir, descriptivamente, lo que la realidad nos muestra, sin
ambages, sin ambigüedades, sin margen de duda alguno, es exactamente lo
contrario de lo que aquella proposición vendría a sugerir. Si hoy tenemos un
problema grave en materia de inseguridad, entonces, sin dudas, ése no es el de
que el Estado argentino se está excediendo en la protección de los derechos de
los delincuentes.
Una segunda posibilidad sería que al decir “estamos cansados de los derechos
humanos de los delincuentes” se esté haciendo referencia a una explicación
referida a la imposibilidad material de proteger, al mismo tiempo, los derechos
de las víctimas y los derechos de los criminales. Pero esta respuesta también
es, fundamentalmente, falsa: en los aspectos más básicos, resulta obvio que se
pueden hacer ambas cosas al mismo tiempo. Asegurarles a todos un juicio justo
(escuchar a los acusados; asegurar que las pruebas de un juicio no sean
inventadas); impedir la tortura; no encerrar a quien no ha sido encontrado
culpable de ningún crimen; evitar que se trate a los detenidos como animales es
perfectamente compatible con tener un presupuesto adecuado en materia de
seguridad, o velar por la recuperación de las víctimas y la restauración de sus
derechos. Es decir, no es en absoluto cierto que si queremos cuidar la seguridad
de “los buenos ciudadanos” sea necesario, de algún modo, reducir los cuidados
básicos hacia delincuentes.
Tercero, la afirmación sobre el “exceso” de respeto hacia los derechos de los
delincuentes podría ser normativa, es decir, estar dirigida a afirmar que “debe
darse menos protección a los derechos de los delincuentes, porque ellos no se
merecen ningún cuidado, dada la gravedad de lo que han hecho”. Ahora bien, si
las dos observaciones anteriores eran –en su esencia– fácticamente falsas, ésta
es valorativamente inaceptable. Hay cantidad de problemas serios con esta idea.
Primero, respetar los derechos de los delincuentes no significa premiar a los
criminales ni dejar de reprocharles sus eventuales faltas, sino impedir que se
los trate inhumanamente, o que se condene a inocentes porque “necesitamos
condenar a alguien”, como muchas veces ocurre. Segundo, los derechos no están
reservados para los que se comportan decentemente o los que no cometen faltas
(graves), sino para todos, por el solo hecho de ser personas. Tercero, los
derechos no son disponibles o removibles de acuerdo al humor de algunos, sino lo
contrario de ello: su virtud es, por suerte, la de no estar sujetos a la buena
voluntad de nadie.
Finalmente, puede que con la idea de “los derechos humanos de los delincuentes”
se esté pensando en que, en nuestro país, algunos o muchos eventuales culpables
de crímenes no quedan encerrados. Pero esta idea también es muy pobre. Primero,
tenemos una proporción de presos alta y creciente, y no baja. Segundo, si hay
gente responsable de crímenes que no es condenada debido a las argucias o
trampas de sus abogados, ésa no es responsabilidad de los “derechos humanos”,
por lo que conviene no ensuciar el término de ese modo. Tercero, si lo que
ocurre es que algunos no quedan detenidos porque no se prueba su culpabilidad,
eso no es un “exceso” de respeto de los derechos, sino sólo un acto justo,
porque nadie quiere que se encierre a los que no son culpables de delito alguno
(¿o sí?). Finalmente, pero esto da para otra discusión, no es cierto –por
fortuna– que las únicas respuestas que tenemos a mano frente al crimen son las
respuestas extremas, draconianas, que empiezan, como en nuestro país, con la
privación de la libertad en condiciones infrahumanas. Es decir, condenar no es
ni debe ser igual a “dejar encerrado a alguien”.
Decir lo dicho no implica decir que debemos actuar como si en la sociedad no
hubiera delitos, ni comportarnos de modo ingenuo, ni dejar de reprochar con
firmeza las faltas que se cometan en nuestra sociedad. Decir lo dicho implica
afirmar que, no importa el grado de irritación que tengamos, o la antipatía que
nos produzca algún grupo, o los deseos de venganza que nos provoque una
situación de injusticia, no tenemos que poner en cuestión el valor de seguir
tratando a todos –a todos– con dignidad y respeto. Más importante aún: tenemos
que aprender a reconocer que, al respetar los derechos básicos de los criminales
no estamos insultando a las víctimas. Como he tratado de mostrar, los cuidados
extremos hacia las víctimas del delito de ningún modo, y en ningún sentido,
necesitan del maltrato hacia quienes las han ofendido.
* Doctor en Derecho, profesor de Derecho Constitucional (UBA-UTDT).
Fuente: Página 12
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