JUAN RODOLFO LAISE SERÁ INVESTIGADO JUNTO A UN CAMARISTA DE MENDOZA POR SU
ACTUACION DURANTE LA DICTADURA
Un obispo ante la justicia terrenal

El Tribunal Oral Federal de San Luis investigará al obispo emérito de esa
provincia, al ex juez federal Eduardo Allende y a su secretario Carlos Pereyra
González, actual camarista de Mendoza, por su complicidad durante la represión
ilegal.
Por Diego Martínez
El obispo emérito Juan Rodolfo Laise, el ex juez federal Eduardo Allende y su
secretario Carlos Martín Pereyra González, actual juez de la Cámara Federal de
Mendoza, serán investigados por la Justicia junto con decenas de militares
retirados y policías, todos libres e impunes, por su rol en San Luis durante la
última dictadura. Así lo resolvió el Tribunal Oral Federal puntano, que el mes
pasado condenó a prisión perpetua a cinco represores, fallo cuyos fundamentos se
conocieron ayer.
En términos estrictos la decisión de investigar la complicidad civil fue de Raúl
Alberto Rodríguez y Roberto Julio Naciff, que detallaron los relatos que
vinculan a magistrados con torturadores y destacaron que Laise no sólo conocía
“el proceso de exterminio del opositor político” sino que, como máxima autoridad
de la Iglesia Católica, “tenía ascendencia e incidencia sobre aquellos que lo
estaban ejecutando”. El tercer juez, Jorge Roberto Burad, redactó su propio voto
y se limitó a los uniformados.
“El hecho de que el obispo Laise acudiera al Comandante del Area 333 para matar
a una persona no tiene otra lectura sino que el prelado conocía que en San Luis
se estaba matando gente”, apuntaron. La persecución por parte del obispo que
denunció el ex sacerdote Pablo Melto, la declaración del coronel Miguel Angel
Fernández Gez sobre el pedido divino de hacer desaparecer a un cura y los dos
secuestros que sufrió Melto “son bastantes motivos para disponer se extraiga
compulsa de Laise por la posible comisión de delito”. Como ejemplo de la
ascendencia del obispo citan “el sermón que en la Penitenciaría dio a los
detenidos políticos, junto a los torturadores, diciéndoles ‘hijos míos, a
ustedes hay que extirparles el alma’”, sabiendo que “para extirparles el alma
había que matar el cuerpo”.
La descripción pormenorizada de toda la estructura ilegal que operó en San Luis
deja en evidencia el largo camino de justicia por recorrer. La plana mayor del
Comando de Artillería 141, a cargo de Fernández Gez, la encabezaba el teniente
coronel Guillermo Daract y la integraban Raúl Benjamín López, Gerácimo Dante
Quiroga y Enrique Loaldi. Del Comando dependía el Grupo de Artillería de Defensa
Antiaérea 141 a cargo del teniente coronel Juan Carlos Moreno, a quien
secundaban los tenientes Horacio Angel Dana, Carlos Alemán Urquiza, Alberto José
Moreira, Urbano Acuña y Andrés Merlo, entre otros. De los secuestros cotidianos
y los “ablandes” en la Jefatura de Policía se encargaba el capitán Carlos Plá y
su “patota” del Departamento de Informaciones (D2), compuesta por el comisario
Víctor David Becerra y los oficiales Juan Carlos Pérez, Carlos Hemenegildo
Ricarte, Luis Mario Calderón, Omar Lucero, Cirilo Chavero, Juan Amador Garro,
Luis Alberto Orozco y Jorge Hugo Velázquez.
“Las estructuras y engranajes represores señalados actuaban coordinados entre
ellos y valiéndose de todo el poder que les daba el aparato estatal”,
destacaron. El grupo de Plá se encargaba de “buscar la información, llevar a
cabo los secuestros, interrogatorios, tortura y operativos como los de
libertades aparentes y posterior desaparición de las víctimas, que concluían con
su muerte, en los que intervenían todos sus integrantes”. La patota de Moreno
daba “cobertura logística y operativa con hombres, armas y movilidad para los
secuestros”. En los interrogatorios en el centro clandestino que funcionó en la
granja La Amalia destacaron el rol de Loaldi y Urquiza. Todos “conocían
perfectamente la situación de cada detenido y cuál era la libertad real y cuál
la ficticia”. “Para asegurar el pacto de silencio era necesario que todos
intervinieran desde el principio hasta el fin.”
El voto mayoritario destaca la imposibilidad de condenar a los represores por el
delito de genocidio, como solicitó la APDH. “De todas maneras, me veo en la
obligación moral y jurídica de reconocer que en la Argentina en 1976-83 tuvo
lugar una práctica sistematizada de exterminio de oponentes políticos que
debemos calificar como genocidio”, apuntaron Rodríguez y Naciff. El presidente
del Consejo de la Magistratura, Luis María Bunge Campos, presenció la lectura de
la sentencia.
Fuente: Página 12
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