La Justicia sentenció a ocho y siete años de cárcel a los
apropiadores de Maria Eugenia Sampallo
Una condena por “un vínculo cruel y perverso”
Fue el primer juicio que una hija de desaparecidos hizo contra
sus apropiadores. El Tribunal Federal Oral Número 5 condenó con 8 y 7 años de
prisión a los apropiadores y con 10 años al militar que la entregó. Hubo
críticas por la levedad de las penas.
Por Laura Vales
El
Tribunal Federal Oral Nº 5 condenó con 8 y 7 años de prisión a Osvaldo Rivas y
María Cristina Gómez Pinto, los apropiadores de María Eugenia Sampallo Barragán.
Los jueces le dieron además 10 años al capitán retirado Enrique Berthier, el
militar que la entregó. El juicio fue el primero que una hija de desaparecidos
hace contra quienes la inscribieron y criaron como si fuera propia. María
Eugenia había pedido que se aplicara a sus apropiadores el máximo de la pena
prevista, por haberla privado de su identidad y del vínculo con su familia, de
quien estuvo separada durante 24 años. Ayer, tras escuchar la sentencia, su
abogado y las Abuelas de Plaza de Mayo criticaron la levedad de las penas: “Los
jueces no entienden la gravedad de estos delitos”.
Tras oír el fallo, la joven salió de la sala de audiencias sin hacer
declaraciones. En el pasillo la esperaba para saludarla el público de a la
audiencia: amigos, familiares y militantes de Hijos y de Abuelas. El abogado
Tomás Ojea Quintana fue quien habló en su nombre:
–Lo importante es que los tres acusados fueron condenados; en ese sentido, el
balance es positivo. Que hayan sido condenados es muy importante, y María
Eugenia está conforme con haber llegado a esto después de llevar adelante un
proceso de siete años; pero obviamente para nosotros estos delitos necesitan de
penas mayores.
También el fiscal Félix Crous habló en esos términos: satisfacción por la
condena, inconformidad con sus montos.
Durante el juicio, los testigos habían relatado la historia de María Eugenia,
que cumplió hace poco treinta años. Sus padres fueron secuestrados en 1977. Su
madre, Mirta Mabel Barragán, trabajaba en la fábrica SIAP (Sociedad Industrial
de Aparatos de Precisión), donde era delegada. Su padre, Leonardo Rubén Sampallo,
trabajaba en el Astillero Río Santiago y era también delegado. Ambos militaban
en el Partido Comunista Marxista Leninista. Mirta tenía un hijo de tres años
–Gustavo– y estaba embarazada de seis meses cuando la secuestraron junto con
Leonardo. Los represores dejaron al niño en una comisaría, de donde lo pudo
rescatar su familia. A Mirta y Leonardo los llevaron al centro clandestino de
detención El Atlético y después al Banco. En febrero del ’78 a Mirta la sacaron
de allí para que diera a luz. María Eugenia nació entre marzo y abril,
posiblemente en el Hospital Militar.
Osvaldo Rivas y María Cristina Gómez Pinto recibieron a la beba cuando tenía
entre dos y tres meses de vida. Se las “consiguió” el capitán Berthier, que era
amigo de la mujer. El matrimonio dio sus datos personales para que el médico
militar Julio César Cáceres Monié les hiciera un certificado de parto falso, en
el que consignó a la beba como si fuera hija de ellos. Rivas inscribió a María
Eugenia como propia usando este certificado falso. Tenía entonces 35 y su mujer
30; él era empleado de Terrabussi y ella ama de casa.
María Eugenia vivió con el matrimonio toda su infancia y la adolescencia; al
declarar, contó que fueron años de maltratos y que apenas pudo se fue a vivir
con una amiga. Ella supo a los siete años que no era hija de Rivas y Gómez
Pinto, lo que la pareja le hizo saber a través de una psicóloga, pero le
ocultaron su origen dándole diferentes versiones de su filiación. Le dijeron que
era hija de un matrimonio que había muerto en un accidente de tránsito, luego
que su madre había sido una empleada doméstica que la había regalado o de una
azafata que no la quiso tener. Ella insistía en preguntar por sus padres; en
todos los relatos, Rivas y Gómez Pinto la describían como una beba que había
sido abandonada. Un día, una allegada a la familia le reveló que el capitán
Berthier era la persona que la llevó a la casa de los Rivas. Otro, en una
discusión, su apropiadora admitió que fue el militar el que se las había dado.
En esa infancia que la propia María Eugenia describió como de desamor, ella
estuvo a punto de reencontrarse con su familia, porque las abuelas recibieron
una denuncia, la encontraron y pidieron un adn. Sin embargo, en esa época su
familia paterna no estaba en el banco de datos y la tecnología disponible no
permitió llegar a un resultado. Ella recuperó su identidad recién en el 2001,
luego de presentarse voluntariamente para un segundo análisis. Así se enteró de
que su abuela Azucena, su hermano Gustavo y sus tías la estaban buscando hacía
24 años.
Ayer por la mañana, el tribunal abrió la jornada preguntando a los acusados si
querían hacer uso del derecho a decir unas últimas palabras antes de pasar a
deliberar. Los tres lo rehusaron. Berthier había sido llevado al recinto
esposado (es el único de los tres que está preso). Cecilia Pando y su grupo de
lobbistas castrenses estuvieron en la puerta de los Tribunales para apoyarlos,
pero no pudieron ingresar al recinto. La semana pasada habían aplaudido al
militar en su alegato de defensa y habían sido desalojados de la sala; Pando
ayer tuvo que quedarse en las escalinatas de la entrada.
Tras la condena, los apropiadores Rivas y Gómez Pinto seguirán en libertad hasta
que haya una sentencia firme, es decir hasta que el juicio pase por Casación y
eventualmente por la Corte Suprema. Berthier podrá pedir la libertad cuando
cumpla dos tercios de la condena. Como está preso desde hace más de cinco años,
eso podría suceder en breve. Durante el juicio, ambos apropiadores se declararon
inocentes.
¿Cuál sería una pena justa para quien se apropió del hijo de un desaparecido?
¿Cómo medir el daño que provocaron los que, sin haber sido parte directa en la
represión, sin haber matado o torturado, se adueñaron de lo más valioso de la
vida? ¿Fueron esas apropiaciones igual que una adopción, en todo caso que una
adopción ilegal, o se trata de algo más grave aún? Esas son algunas de las
preguntas que circularon en estas audiencias. Rosa Rosimblit, vicepresidenta de
Abuelas, aseguró que la Justicia encuentra atenuantes cuando juzga a los
apropiadores, una tendencia que no se modifica pese a los años. “Lo mismo le
dieron al secuestrador de mi nieto y al de Carla” (Rutilo Artés, una hija de
desaparecidos que fue restituida en 1985). Victoria Donda, nieta recuperada y
legisladora, hizo una comparación: “A un pibe que sale a robar le dan más pena
que al que robó una vida durante mas de 20 años”. María Eugenia, que habló muy
poco con los medios (sólo dio una entrevista a Página/12 y ofreció una
conferencia de prensa), pidió que no se confunda a sus apropiadores con padres
adoptivos. “La pregunta es si una persona que robó a un recién nacido, que le
ocultó que fue robado, que tal vez secuestró o torturó a sus padres, que lo
separó de ellos y de su familia, que le mintió siempre respecto de sus orígenes,
que –más frecuentemente de lo que cada uno quiere pensar– lo maltrató, humilló,
engañó, si una persona que hizo todo o algo de todo esto puede saber y sentir
qué es el amor filial. Yo respondo que no, que el vínculo con este tipo de
personas queda determinado por la crueldad y la perversión”.
La condena de ocho años contra Rivas le fue dictada por los delitos de retención
y ocultamiento de una menor de diez años, más falsedad ideológica de documento
público; los siete años a Gómez Pinto fueron por el delito de retención (la
diferencia es porque no firmó el acta de nacimiento falsa); los 10 años a
Berthier, por ser considerado coautor del ocultamiento de la niña. El tribunal
integrado por Guillermo Gordo, Héctor Farías y Daniel Obligado dará a conocer
los fundamentos de la sentencia el próximo viernes.
Fuente: Página12