Juicio Oral y Público: Causa ex-Reg. 9
El valor de las testimoniales
Los
primeros testimonios de victimas de tormentos, vejámenes y torturas pasaron por
la audiencia donde se sustancia el Debate Oral y Público por la causa del Ex
Regimiento 9.Algunos de ellos son objetados por la defensa de los militares.
Sietepuntasdigital consultó al abogado querellante doctor Ramón Leguizamón sobre
el valor de los mismos.
Los testimonios que implican directamente a los militares en sus relatos no le
habrían visto la cara pero los describen desde el conocimiento que proporcionan
otros sentidos. Esa es la objeción por parte de sus defensas.
El prestigioso penalista correntino Ramón Leguizamón que oficia de querellante
por parte del Estado Correntino explicó sobre el valor de las primeras
testimoniales que en sus relatos manifiestan identificar a los imputados a
través de “un perfume penetrante” o “su voz y su perfume”.
Para Leguizamón “las fuentes del conocimiento son proporcionadas por los cinco
sentidos, si bien predomina el visual, los otros sentidos pueden dar elementos
para llegar a una convicción. A través del oído, el olfato y la audición le
proporcionan un conocimiento de la realidad que le toca protagonizar. La
modalidad visual es la más común pero nola única forma de adquirir los
conocimientos de lo que sucede en el mundo exterior”.
Y agregó, “los testimonios aportan un conocimiento cierto de los sucesos
relatados y de la indicación de las personas que intervinieron como
victimarios”.
Con respecto a la modalidad jurídica de “reconocimiento impropio” para el
penalista que defiende a las víctimas “Es un reconocimiento directamente en la
audiencia testimonial que se presta en debate en que el declarante indica a una
persona a la que reconoce y se encuentra en la sala. Los tribunales y la
doctrina le otorgan validez como parte del testimonio y sometido a la valoración
de la sana crítica”.
Los defensores objetaron la posibilidad de reconocer por parte de los testigos
directamente en la sala a los agresores porque sostienen que ello debía
realizarse en la etapa de instrucción del juicio y que además el reconocimiento
requiere de una metodología concreta.
Sin embargo, otros funcionarios judiciales del medio dicen emplear en la etapa
de debate la modalidad “reconocimiento impropio”.
Fuente: Sietepuntasdigital.com